INICIO DE LA CAMPAÑA DE RENTA 2017
La #campañarenta2017 comienza el próximo día 4 de abril, con muy pocas novedades desde un punto de vista estrictamente fiscal. Las principales novedades relacionadas con la campaña del IRPF del ejercicio 2017 son las siguientes:
Plazo de Presentación:
Se amplía el plazo de presentación del impuesto sobre la renta de 2017. Dicha declaración se podrá presentar desde el día 4 de abril hasta el 2 de julio de 2018.
En caso de que se desee domiciliar el pago de la cuota, el plazo de presentación terminará el 27 de junio de 2018.
Novedades Informáticas:
Las principales novedades de la #CAMPAÑARENTA2017 están relacionadas con la tecnología y entre las que cabe destacar:
- El anticipo en el tiempo de algunos servicios de asistencia, como la obtención de datos fiscales, el nuevo portal móvil o el envío de cartas.
- El desarrollo de una nueva APP RENTA 2017, disponible desde el 15 de marzo, que permitirá una nueva forma de comunicación y facilitará la presentación de declaraciones de forma más sencilla.
- Plan “Le llamamos”. Incremento de la asistencia telefónica para determinados perfiles de contribuyentes para así evitar el desplazamiento a las oficinas y adelantar la tramitación de la declaración.
En la obtención del borrador de declaración y datos fiscales.
Desde el 15 de marzo comenzarán los envíos postales de las cartas que contendrán los datos fiscales, el número de referencia y la información de los servicios de asistencia.
Al igual que el año anterior, todos los contribuyentes podrán obtenerlo, cualquiera que sea la naturaleza de sus rentas obtenidas, a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta WEB) tras aportar, en su caso, determinada información que les será solicitada al efecto, u otra información que el contribuyente pudiera incorporar.
Se puede acceder al borrador y a los datos fiscales desde el primer día de la campaña de renta, a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración, utilizando alguno de los siguientes sistemas de identificación: con certificado electrónico reconocido, «Cl@ve PIN» o con el número de referencia, desde dónde se podrá confirmar y presentar o, en su caso, modificarlo, confirmarlo y presentarlo.
En los últimos años la Administración tributaria está haciendo un esfuerzo importante y está ofreciendo a los contribuyentes herramientas que le faciliten el acceso a borrado y datos fiscales y la propia presentación del IRPF.
Si bien entendemos que se trata de un paso muy positivo por parte de la Administración, debemos ser consciente de las consecuencias que pueden tener el “mal” uso de las mismas. La falta de conocimiento puede provocar graves perjuicios para los contribuyentes, que son los quienes asumen íntegramente la responsabilidad sobre la veracidad de los datos indicados en la declaración que se presente. Por ello, desde PC Asesores, aconsejamos a todos los contribuyentes, pero especialmente a aquellos que tengan rendimientos importantes o hechos diferentes, que revisen su declaración con algún profesional del ámbito para evitar sanciones y recargos futuros.
Nos ponemos a vuestra disposición para aclarar cualquier consulta, así como para la realización de vuestra declaración de la renta, para lo cual recomendamos pidan cita previa.
PC ASESORES.